Juez en lo Contencioso determinó que se puede vender y utilizar pirotecnia en Quilmes

El juez contencioso administrativo del Departamento Judicial de Quilmes, Hugo Guarnieri ordenó suspender la ordenanza municipal 9904 de 2004 que prohibía la venta de pirotecnia en el distrito de Quilmes.  La decisión sigue la línea trazada por la Suprema Corte bonaerense, que ya había declarado la inconstitucionalidad de la ordenanza prohibitiva en General Alvarado (Miramar), y por la Justicia de San Juan, que determinó lo propio con respecto a las ordenanzas de Rivadavia y Santa Lucía, todos fallos con sentencia firme. La medida dio la razón al reclamo elevado por la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (CAEFA), entidad que ha dado a conocer su postura al respecto.

El fallo ordena al Municipio que “suspenda la aplicación y los efectos de las ordenanzas 99897/04 y 10031/04, disponiendo en consecuencia se autorice la venta libre de los productos”. Entre otros elementos menciona respecto a las razones esgrimidas en la ordenanza que “la ausencia u omisión de detalles hacen aparecer en principio como endebles o arbitrarias  estas argumentaciones, ello sin desmedro de la posible presencia de un abuso en el ejercicio del poder por parte de la administración”.

ACTIVIDAD LICITA

En el comunicado la cámara empresarial señala que “es de atenderse el argumento de la parte proponente en cuanto al ejercicio de las empresas fabricantes de una  industria lícita, y por tanto encuadradas en el ámbito de la legalidad necesaria que permite por ello la comercialización de su producción de manera libre en todo el país”, y señala que la norma  “se encuentra enfrentada con lo dispuesto por el Artículo 14 de la Constitución Nacional en cuanto garantiza el ejercicio de toda industria lícita, excediendo de tal forma las atribuciones que le son propias”.

 USO RESPONSABLE

Esta decisión judicial no modifica el trabajo iniciado hace años, conjuntamente con diferentes Asociaciones y ONG´s, a través de diferentes campañas y acciones de concientización, uso responsable y seguro, además de la prevención y alerta sobre el peligro de la comercialización y uso de productos clandestinos.

COMERCIOS HABILITADOS

La entidad agrega que "Los fuegos artificiales y todos los productos pirotécnicos deben comprarse siempre en comercios y locales habilitados. Deben ser adquiridos y manipulados por adultos, siguiendo estrictamente las instrucciones de uso impresas en los envases y etiquetas.

"La industria de la pirotecnia en Argentina está conformada en su mayoría por PyMEs nacionales familiares, algunas de ellas con más de 100 años de vida y gestionadas por su cuarta generación. El fallo contribuye a la continuidad laboral de las más de 60.000 personas que hacen de esta actividad su principal fuente de ingreso y sustento familiar.

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