El Municipio de Quilmes denuncia penalmente al periodista Roberto Carrigall por "su conducta y falsa información"


El secretario de Comunicación  del Municipio de Quilmes, Alberto de Fazio,  informó que en el día de hoy se han iniciado las acciones penales por ante el Juzgado Federal de Quilmes por "la conducta del señor (periodista Roberto) Carrigall encuadrada en el artículo 205 del Código Penal y por el delito de intimidación pública, en los términos del art. 211 del mismo cuerpo legal". la decisión de la gestión de Mayra Mendoza obedece a una información hecha pública por el colega donde señala que "se perdieron vacunas por no cuidar la cadena de frío". Es la primera vez en Quilmes, una administración municipal responde a una información que considera falsa con una denuncia penal. 


De Fazio al informar sobre la decisión de la administración municipal de denunciar penalmente al periodista, agrega que  "Consecuentemente hemos solicitado al Juez Federal que tenga por presentada la denuncia y dé prosecución a la investigación penal por los hechos referidos.".

Quilmesadiario le solicitó al funcionario una copia de la denuncia presentada pero respondió que "no vamos a dar copia hasta que el juez no provea la causa"

La denuncia

En su portal de facebook, el 8 de enero pasado Carrigall informaba una noticia bajo el título "Descuido o imprudencia?". En Quilmes se perdieron 40 vacunas por no cuidar la cadena de frio

Agregaba:  "Fuentes inobjetables informaron a este medio que los primeros días del mes de enero del corriente año, se perdieron 40 dosis de la vacuna rusa "Sputnik V" que se encontraban depositadas  en el Hospital "Eduardo Oller" de San Francisco Solano, destinadas al personal de sanidad y  vecinos del distrito.

"Según la información recibida por este periodista se puede advertir que las mismas quedaron "inutilizadas" por haberse roto la cadena de frío que debía protegerlas.

Intervención policial

La nota prosigue :"Luego de comprobarse la situación, se habría convocado a personal de policía de la provincia para resguardar el lugar, con el único fin de preservar las vacunas en su estado actual.

también dice que intentó comunicarse en dos oportunidades con la Secretaría de Salud del Municipio pero no tuvo respuestas.

Desmentida

A las horas de producida la noticia, el secretario de Comunicación, Alberto De Fazio y la propia intendenta, desmintieron el hecho.

También hubo un comunicado de trabajadores nucleados den el gremio ATE quienes desmintieron que el hecho haya ocurrido.

Agravios

En las últimas horas, Carrigall denunció que el secretario de Comunicación del Municipio, Alberto De Fazio, lo trató de "mercenario"; que la concejal Eva Mieri (Frente de Todos),  lo trata de "nefasto, mentiroso y mercenario y asegura que quiero hacer daño con mis publicaciones".

También agrega que "el Director del Hospital de Solano, Matías Gallastegui señala que con mi publicación "pretendo dañar la esperanza de esta campaña de vacunación en Quilmes".

Finalmente la Intendente Mayra Mendoza, le pide ayuda al periodista Eduardo Feinmann "para combatir las noticias falsas".

Finaliza diciendo el periodista: "La hipocresía no tiene límites en el actual gobierno comunal. Estoy ansioso por declarar ante la justicia. Mis abogados mucho más ansiosos que yo"

Denuncia penal

Como dijimos, hoy se conoció oficialmente que la administración municipal, que no dio a conocer ningún informe de prensa sobre el hecho, presentó una denuncia penal contra el periodista "por su conducta" y la encuadra en delitos graves.

Según De Fazio, se lo acusa del presunto delito tipificado en  el artículo 205 del Código Penal y por el delito de intimidación pública, en los términos del art. 211 del mismo cuerpo legal".

Artículo 205

El artículo 205 dice textualmente: "Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia.

Artículo 211

El artículo 211 del Código Penal establece: “Será reprimido con prisión de dos a seis años, el que, para infundir un temor público o suscitar tumultos o desórdenes, hiciera señales, diere voces de alarma, amenazare con la comisión de un delito de peligro común, o empleare otros medios materiales normalmente idóneos para producir tales efectos. Cuando para ello se empleare explosivos, agresivos químicos o materias afines, siempre que el hecho no constituya delito contra la seguridad pública, la pena será de prisión de tres a diez años”.



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