La Corte Suprema falló a favor de la decisión autónoma de la Capital Federal

 La Corte Suprema de Justicia falló a favor de la Ciudad de Buenos Aires en la demanda por las clases presenciales. Considera que tiene autonomía para decidir de qué manera se pueden realizar las clases, tema que originó el conflicto, y que el Gobierno nacional no tiene jurisdicción sobre la Capital Federal en ese sentido.  El fallo no tendrá efecto inmediato porque el DNU sobre el que se discutía ya no está vigente. Sin embargo, sienta precedentes a futuro. 


Se trata de un fallo que pone en duda el asesoramiento jurídico que recibió el  presidente de la Nación. Lo deja mal parado y fortalece políticamente al jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta. Es de público conocimiento que la reforma constitucional de 1994 le concede al gobierno nacional la misma autonomía que el resto de las provincias.

Los votos

La sentencia se compone de los votos de Carlos Maqueda y Horacio Daniel Rosatti,  Carlos Rosenkrantz  y Ricardo Lorenzetti. "El Presidente de la Corte, que es el responsable de dar vista a los expedientes que entran en la Corte, le dio un plazo de vista de 5 días hábiles al Gobierno y luego 5 días hábiles de vista al Procurador. Por eso no se declara la inconstitucionalidad del decreto, ya que venció el plazo. El fallo son meras indicaciones hacia el futuro". La quinta integrante del máximo tribunal, Elena Highton de Nolasco, se abstuvo.

"Federalismo y autonomía"

.En el voto de Maqueda y Rossatti el fundamento es "el federalismo y la autonomía de la Ciudad". "La autonomía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para definir la modalidad educativa como la atribución federal para atender a una emergencia sanitaria deben entenderse en el marco del federalismo que ordena la Constitución Nacional", señalan.

Rosenkrantz

Rosenkrantz plantea que "de acuerdo con las normas reseñadas, resulta claro que la decisión de si la escolaridad debe realizarse bajo la modalidad presencial o virtual en los establecimientos de educación inicial, primaria y secundaria dependientes de la Ciudad de Buenos Aires o regulados por ella corresponde, en principio, a ese estado y no a la Nación".

Derecho a la Educación

Por su parte, Lorenzetti en su resolución acuerda con los puntos anteriores pero agrega: "Debe realizarse un juicio de ponderación entre la máxima satisfacción posible del derecho a la educación y la protección de la salud en un contexto de emergencia sanitaria y dentro de un sistema reglado por el Estado de Derecho".

Respetar las decisiones locales

De esta manera, la conclusión del fallo de la Corte Suprema es que "el Estado Nacional establece las bases generales y debe respetar las decisiones locales y en caso de desacuerdo hay una guia relevante en las pautas que fija el Consejo Federal de Educación".



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