Concejal Walter "Coco" Fernández |
Un comunicado de prensa señala que "de acuerdo a la Ley Orgánica de la Municipalidades, es deber y atribución del Departamento Ejecutivo, concurrir personalmente, o por intermedio del secretario o secretarios de la intendencia, a las Sesiones del Concejo cuando sea llamado por Decreto del Cuerpo Deliberante con una antelación de cinco días para suministrar informes. La falta de concurrencia del Intendente ó Secretarios cuando haya sido requerida su presencia por Decreto, o la negativa de ellos a suministrar la información solicitada por dicho Cuerpo, será considerada falta grave.
Jueves 23 de junio
El proyecto de decreto de Fernández cita a la Intendenta al recinto para el jueves 23 de junio del corriente año a las 11. El pedido del concejal debe ser introducido en el orden del día y debería ser tratado por las comisiones correspondientes.
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