Por Pedro Navarro. El polémico juez federal de Quilmes Luis Armella, esta vez actuó con rápidez y falló a favor del municipio de Quilmes, dictando una medida cautelar interina y "suspendió una resolución del gobierno nacional por la cual le prohibe a los municipios cobrar sus tasas o parte de ellas en las facturas de luz. Por un convenio firmado en el 2001 por el entonces intendente Fernando Geronés y Edesur, la empresa cobra una parte de la tasa municipal correspondiente al rubro alumbrado público y a cambio de eso, se queda con el 12 por ciento de lo recaudado. Este polémico sistema originó y origina que muchos contriuyentes se vean perjudicados. El Gobierno nacional decidió eliminar este sistema pero hay intendentes que se resisten y van a la Justicia.Juez Luis Armella y Mayra Mendoza
Conocida la disposición del ENRE de prohibir que las prestatarias de servicios puedan hacer de agente de retensión, es decir cobrar parte de las tasas municipales en su factura, la intendenta Mayra Mendoza decidió presentar un recurso al juzgado Federal a cargo del juez Armella.
A diferencias de otros casos importantes que Armella demora más de 10 años en resolver, esta vez actuó con celeridad y decidió fallar, al menos en primera instancia, a favor del Municipio de Quilmes.
Menor recaudación
El o los municipios que cobran a través de Edesur, parte de su tasa, evalúan que, a pesar de que pierden el 12 por ciento por el servicio, logran mayor recaudación. Es sabido que todos o casi todos los vecinos pagan la boleta de energía y que dejan de pagar la tasa municipal. El porcentaje de cobranza por parte de los municipios en forma directa suele ser bajo. En algunos casos no llega el 50 por ciento.
Edesur cobra más
Edesur tiene un elevado índice de cobranza. Lo que cobra en concepto de alumbrado público municipal, le transfiere al Municipio, restándole el 12 por ciento de comisión por el simple cobro
Pero hay trampas que perjudican a vecinos. Cuando un congtribuyente paga la tasa municipal adelantada tiene beneficios y el que tiene todo pago al mes de septiembre, el último mes no lo paga. Pero, ilegalmente, Edesur le cobra el último mes en concepto alumbrado público, cuando está excento.
El Municipio no le informa a Edesur que no debe cobarle al vecino que "pagó en forma anticipada" y no debería pagar el último mes.
Pero también hay otra situación. Hay terrenos donde viven dos o tres familias. El Munnicipio le cobra por una unidad vivienda pero como hay dos o tres medidores, Edesur le cobra por tres.
Fallo de Armella
En las últimas horas, el secretario de Comunicación del Municipio de Quilmes, Alberto de Fazio, dio a conocer que la Comuna logró que el juez Armella, dicte una medida cautelar interina a favor del municipio de Quilmes y suspendió una resolución del gobierno nacional de Javier Milei por la cuál le prohibía a las municipalidades cobrar sus impuestos en las facturas de servicios públicos como los de luz y gas.
Otros municipios
Quilmes no fue el único municipio que presentó recursos judiciales. También lo hicieron Pilar, Moreno Tigre y Florencio Varela. Se oponen a la resolución 267 de la Secretaría de Comercio e Industria de la Nación, que depende del Ministerio de Economía, a cargo de Luis Caputo.
Disposición
La Secretaría de Comercio e Industria dispuso en su resolución que los municipios ya no podrán cobrar más sus tasas municipales en las boletas de servicios públicos. La medida se tomó para diferenciar los impuestos locales de los servicios y así que el cliente pueda distinguir lo que paga. El gobierno entendió la decisión como una defensa de los derechos del consumidor y avaló que los municipios cobren sus tasas de manera diferenciada con otro mecanismo.
Quilmes
El municipio de Mayra Mendoza reclamó puntualmente poder seguir cobrando su tasa por alumbrado público en la factura de luz de la empresa Edesur. Explicó que en julio recaudó 500 millones de pesos y que dejar de percibir ese monto perjudicará “el funcionamiento, continuidad, regularidad y eficacia del servicio de alumbrado público”. Así el Municipio pidió la inconstitucionalidad de la resolución y previo a eso una medida cautelar que la suspensa.
Otro de los argumentos es que “La Constitución de la Provincia de Buenos Aires, autoriza a los municipios a dictar ordenanzas y reglamentos, dentro de las atribuciones que le confiere, y a votar anualmente su presupuesto y los recursos para costearlo”, sostuvo el juez Armella en su resolución en la que recordó que desde el 2001 Edesur y Quilmes tienen firmado un convenio para cobrar la tasa municipal lo que además fue aprobado por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE).
Afecta derechos y obligaciones
agrega: “Más allá del juicio de valor que se pueda predicar al respecto, lo cierto es que el cese de este procedimiento o modalidad de percepción, sustentado en el convenio referido y aprobado oportunamente por el ENRE, es susceptible de afectar derechos y obligaciones allí contenidas”, sostuvo el magistrado.
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