La Asociación Trabajadores del Estado de Quilmes, (ATE), rechaza fallo del Tribunal de trabajo Nº 3 de Quilmes el cual le niega participar de las negociaciones colectivas de los trabajadores municipales. El gremio señala que "el fallo es arbitrario, parcial y contrario a los principios constitucionales que garantizan la libertad sindical". Señala que apelará la decisión ante la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Buenos Aires. El gremio había recurrido a la Justicia debido a que la intendenta Mayra Mendoza nunca llamó a reunión de paritarias.
Clarisa Pérez, secretaria general de ATE
En un comunicado de prensa, ATE, cuya secretaria general es Clarisa Pérez, señala: "La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) manifiesta su absoluto rechazo al reciente fallo dictado por el Tribunal de Trabajo N° 3 de Quilmes, al que califica de arbitrario, parcial y contrario a los principios constitucionales que garantizan la libertad sindical.
VIOLACIOÓN DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL
La resolución, firmada por las magistradas del Tribunal, niega injustificadamente el derecho de ATE a participar en las negociaciones colectivas de los trabajadores municipales, incurriendo en una grave violación de la Constitución Nacional (art. 14 bis), la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, los Convenios 87, 98 y 151 y recomendaciones del comité de expertos de la OIT, y las leyes específicas en la materia Ley. (Ley 14656 y su Decreto Reglamentario 784/16)
Agrega: "ATE Denuncia que la sentencia carece de objetividad y se encuentra abierta y explícitamente en contra de los trabajadores municipales que quieren tener paritarias como en el resto de los municipios de la Provincia de Buenos Aires. Además, ignora pruebas esenciales que fueron incorporadas al Expediente, omitiendo valorarlas a la luz de los hechos y la normativa vigente y obligatoria. Incluso con citas erróneas de FALLOS de la SCBA.
"En particular, el Tribunal ignoró deliberadamente la Resolución N° 144/1946, que otorgó a la ATE la Personería Gremial Nro. 2, prueba determinante que ni siquiera fue negada por la Municipalidad en su contestación.
Asimismo, el fallo desconoce la Ley 14.656 y su Decreto Reglamentario 784/16 que rigen el Empleo Público Municipal en la Provincia de Buenos Aires, como así también las resoluciones y disposiciones firmes del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires que reconocieron en los años 2017/2018 expresamente el derecho de ATE a participar de la negociación colectiva en el ámbito municipal. Dichos actos administrativos se encuentran firmes, lo que torna aún más inadmisible el pronunciamiento judicial.
GRAVE RETROCESO EN MATERIA DE LIBERTAD SINDICAL
Para ATE, este fallo representa un peligroso retroceso institucional y un ataque directo a la libertad sindical, al desconocer derechos colectivos reconocidos a Entidades con Personería Gremial como la nuestra, violando los principios de representación colectiva plural que rige para el Empleo Público, garantizados en tratados internacionales y en la legislación vigente, por lo que afirmamos que el Fallo “Es inadmisible que en un Estado de Derecho se avance contra derechos sindicales de esta manera, con una sentencia que claramente responde a los intereses de la patronal municipal”.
RECURSO ANTE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
Ante la gravedad institucional del caso, ATE informa que ya se encuentran trabajando en los recursos extraordinarios correspondientes para presentar ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, confiando en que el máximo tribunal provincial revertirá este fallo arbitrario, carente de sustento jurídico, inconstitucional y contrario a los principios de la libertad sindical.
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