REVOCAN PROCESAMIENTO DE EVA MIERI Y REPROCHE A JUEZA POR NO INVESTIGAR MARIHUANA ENCONTRADA EN SU CASA

Por Pedro Navarro. En las últimas horas, se confirmó que la Cámara Federal de San Martín, revocó los procesamientosde la actual intendenta de Quilmes, Eva Mieri y otros funcionarios y militantes que habían tirado materia fecal a la casa de quien para entonces era diputado nacional de la Libertad Avanza, José Luis Esperto.  La sala II determinó la falta de mérito para procesar o sobreseer a los acusados. De todas maneras,  la causa continuará en el Juzgado de Sandra Arroyo Salgado. Pero un dato no menor es que la Cámara,  le reprochó a la jueza Arroyo Salgado "no haber investigado a Mieri por la marihuana que encontraron en su casa cuando la allanaron". Allí vive con su esposo Fernando Rubino.  El informe señala que en el domicilio de la acutal jefa comunal cuando fueron a detenerla encontraron " 11 frascos de vidrio, una bolsa ziploc, dos envoltorios y restos sueltos de “una sustancia vegetal de color verde amarronado, con olor y textura similar a la marihuana”, pero la magistrada ordenó que “no se tome temperamento alguno” respecto a esos elementos. Quilmesadiario consultó al secretario de Comunicación del Municipio, Alberto de Fazio para saber si Eva Mieri opinaría sobre el hecho o si habria algún comunicado pero la respuesta fue "sin comentarios".

La Cámara, integrada por los jueces Néstor Barral y Alberto Lugones, revocó a  Eva Mieri , y a quienes se encontró como  cómplices en el ataque con materia fecal a la casa del entonces diputado José Luis Espert, los militantes Alesia Abaigar e Iván Nicolás Díaz Bianchi. El fallo señala que "se determinó la falta de mérito para procesar o sobreseer a los acusados, lo que implica que la investigación continuará en el Juzgado de Sandra Arroyo Salgado.

ESCRACHE

Como es de público concomiento, el escrache a Espert, para entonces diputado y candidato a primer diputado nacional por la provincia de Buenos Aires, fue el 17 de junio del año pasado cuando " un grupo de personas arrojaron excremento animal a la fachada de su casa y colgaron un pasacalles que decía: “Acá vive la mierda de Espert”.

ALESIA ABAGAIR

Alesia Abaigar había sido procesada como coautora del delito de atentado contra el orden público, amenazas agravadas, incitación a la persecución u odio por ideas políticas, y autora de falsificación o supresión de la numeración de un bien registrado, ya que la patente de la camioneta en la que llegaron a la casa de Espert en la localidad de Beccar estaba alterada.

La defensa de Alesia Abaigar argumentó que los hechos imputados fueron “una forma de protesta”. Sus abogados cuestionaron la afirmación de que el suceso constituyó un “ataque” a Espert y su familia, señalando que la protesta es una manifestación pública. Negó que haya existido una agrupación “cuasisediciosa” 

DECISIÓN DE LA CÁMARA

Los jueces ordenaron que la investigación debe ceñirse estrictamente a los hechos delictivos y que no se pueden ponderar circunstancias que no forman parte del mismo, especialmente cuando no hay una vinculación concreta y procesalmente verificable entre los acusados y los episodios invocados como parte de un “clima generalizado de hostilidad”.

POSIBLES DELITOS

En cuanto a los delitos imputados, la Sala II consideró que los eventos no podían computarse, por el momento y con el caudal probatorio actual, como típicos de las figuras de atentado contra el orden público, amenazas agravadas, incitación a la persecución u odio por ideas políticas, falsificación de patentes y malversación de caudales públicos.

Para la Cámara de San Martín, el Código Penal sanciona conductas que traducen graves formas de intolerancia ideológica que afectan la tranquilidad y seguridad, y que el caso “no puede quedar reducido a meros insultos o conductas intrascendentes”.

"NO SUFICIENTE"

La Sala concluyó que el escrache a Espert no resultó suficiente para poner en peligro la estabilidad constitucional ni afectar la tranquilidad social. Además, no se logró determinar la existencia de una agrupación transitoria o permanente con fines ilícitos, ni se estableció cuáles serían las ideas que pretendieron imponer, dijeron los camaristas Lugones y Barral.

POSIBLE MALVERSACIÓN

En relación al posible delito de malversación de caudales públicos atribuido a Eva Mieri, la Sala concluyó que "los elementos de prueba no eran suficientes para procesarla" . A criterio del tribunal de apelaciones, Mieri no tenía bajo su administración el vehículo y, al momento del evento, ya no ocupaba el cargo municipal desde el cual se le atribuía el poder de disposición sobre la camioneta. Además, no se acreditó que fuera ella quien retiró el rodado de la municipalidad.




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